¿Por qué pedimos anular la elección en Ecatepec?


 
La elección  en el municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, del pasado 7 de junio,  estuvo muy lejos de ser limpia,  justa, objetiva, imparcial y  equitativa, y para cerrar con broche de oro estuvo plagada de errores aritméticos en el conteo final de votos, por eso pedimos la anulación.

 Acudimos ayer a las instancias de justicia electoral, para solicitar, mediante juicio de inconformidad electoral  la anulación de la elección y nos manifestaos contra el resultado del cómputo del Consejo Municipal Electoral y el consecuente otorgamiento de constancias de mayoría y de la asignación de miembros de ayuntamiento.

 El esquema en el que participamos y las irregularidades cometidas en el cómputo dejaron, por el momento, fuera del cabildo al Partido del Trabajo, que en esta ocasión sirvió de instrumento de  importantes sectores progresistas de la población ecatepense.

 La jornada electoral del 7 de junio se llevó a cabo con diversos incidentes, pero sobre todo en una situación de total vulneración a los principios de legalidad y equidad en la contienda, provocados por la ilegal coordinación de diferentes niveles de gobierno encaminados a concretar un fraude en beneficio del PRI de Ecatepec de Morelos, como se ha documentado ampliamente en diferentes medios de comunicación y como fue debidamente denunciado ante las autoridades penales en materia electoral.

 A estas circunstancias debe agregarse el hecho de tener una autoridad electoral, el Instituto Electoral del Estado de México, errática y endeble, que fue incapaz de Resultados Electorales Preliminares ciertos y que se acercó mucho a un esquema fraudulento a la sociedad y posteriormente incapaz de contar bien los votos de los ciudadanos.

Si bien en general las casillas se instalaron en los lugares adecuados, la mayor parte de ellas se instalaron tarde, lo que impidió que miles de personas pudieran votar,  y se sustituyeron los presidentes de casilla por ciudadanos que no fueron capacitados para ejercer la función.

 
El IEEM tiene una responsabilidad compartida con el Instituto Nacional Electoral en la falta de capacidad para garantizar la adecuada instalación y funcionamiento  de las casillas  electorales. Eso tuvo su reflejo en el retraso posterior de los resultados electorales  ya que muchos contabilizaron erróneamente los votos y otros sellaron los paquetes electorales con las actas adentro, por lo que los resultados solo podían conocerse sino hasta tres días después de la elección.

Tras el cierre de las casillas, se abrió públicamente el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), con el objeto de dar a conocer de forma inmediata a los interesados los avances en cuanto el resultado de las elecciones celebradas ese día, siendo que dicho PREP no funcionó según lo previsto, toda vez que nunca registró el cien por ciento de las casillas, quedándose congelado en un aparente 83.49% (ochenta y tres punto cuarenta y nueve por ciento) de casillas contabilizadas, con solo 1,588 (un mil quinientas ochenta y ocho) casillas computadas, de un total de 1,993 (un mil novecientos noventa y tres) que debían ser, esto es, que nunca se contabilizaron 405 (cuatrocientos cinco) casillas.

 Estos datos constan claramente en la información pública difundida por el Instituto Electoral del Estado de México a través de su sitio de Internet del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PRERP), consultable en: http://www.ieemprep.org.mx/rptMunicipal_part.html para el caso de los resultados genéricos municipales, así como en la dirección http://www.ieemprep.org.mx/rptMun_part034.html relativa a los resultados del Municipio de Ecatepec, donde se mencionan 1,904 (un mil novecientos cuatro) casillas capturadas, de un total de 1993 (un mil novecientos noventa y tres), esto es, que por motivos desconocidos las autoridades electorales nunca capturaron 89 (ochenta y nueve) casillas.

 
El colmo del cinismo del IEEM , en esa danza de cifras,  fue dar por válido un PREP con 98 por ciento de casillas computadas cuando en realidad faltaban 563 casillas que no tenían acta y cuyos resultados se conocieron entre el miércoles y jueves cuando se tuvo que abrir los paquetes electorales para extraer las actas.

 Esto anterior demuestra que irregularidad en la integración de los expedientes para el computo  en el 28 .24 por ciento  de las casillas.

 De estas 563 casillas que no estuvieron reflejadas en el Programa de Resultados Electorales Preliminares 72 tuvieron que abrirse y recontarse voto por voto. Abrir casillas para recontarlas voto por voto es correcto, lo que no es correcto es que se abran, se recuenten voto por voto, se consigne en un acta y luego se anoten otros resultados en el computo final, como ocurrió en la casilla 1923 contigua dos.

 Esta casilla fue recontada voto por voto. Los resultados del conteno voto por voto dio al PAN 27 votos, pero en el cómputo aparecen con 36, PRD  35 votos  y en cómputo 17, el PRI 78 y le ponen 76, el PT se queda igual, el PVEM sacó 8 y le pusieron 11 en el computo, MC tres y pusieron 4, Morena tenia 33 y le pusieron 38, Encuentro Social sacó 16 y luego le pusieron 15, futuro democrático sacó tres y le pusieron dos, y se sacaron de la urna  16 votos nulos y le dieron 12 en el cómputo.

 En algunas casillas se registraron actos de violencia inusitada, como la balacera registrada en la casilla 6016 (seis mil dieciséis) básica, ubicada en la Tercera Sección de la colonia los Héroes, que evidentemente genera un clima de temor en el electorado, inhibiendo su intención de acudir a votar. Este hecho puede verificarse consultando el sitio de Internet: https://edomex.quadratin.com.mx/Balacera-entre-particulares-cerca-de-casilla-en-Ecatepec/

 Con todo y errores se desarrollaron los actos electorales y se generaron los irregulares resultados de la elección, y con ello las arbitrariedades ya que de esta forma dejaron a nuestro partido sin representación en el cabildo al no otorgarse el 3 o más del 3 por ciento de la votación para ello.

 Durante la sesión de cómputo , diversos partidos políticos fijaron su postura de inconformidad respecto de las condiciones de inequidad e ilegalidad en la que se dio la contienda electoral. En dicho conteo definitivo de la votación se arrojaron los siguientes resultados:

 

OPCIÓN
VOTOS
PORCENTAJE
 
 
39,301
 
7.84%
 
 
167,194
 
33.34%
 
 
91,908
 
18.33%
 
 
14,139
 
2.82%
 
 
18,669
 
3.72%
 
 
12,828
 
2.56%
 
 
17,812
 
3.55%
 
 
63,913
 
12.75%
 
 
14,431
 
2.88%
 
 
27,567
 
5.50%
 
 
2,899
 
0.58%
 
 
1,459
 
0.29%
 
 
2,522
 
0.50%
 
 
191
 
0.04%
 
 
59
 
0.01%
NO REGISTRADOS
783
0.16%
VOTOS VÁLIDOS
475,675
 
NULOS
25,734
5.13%
TOTAL
501,409
 

 

 
Es causa de agravio a la ciudadanía, al sistema electoral y en particular al PT el hecho que durante el periodo de campañas electorales ocurrieron en el municipio de Ecatepec de Morelos una serie de acontecimientos violentos y de tensión social que generaron coacción al electorado, situación que afectó severamente al proceso electoral.

 Entre los hechos que ocurrieron y que constituyen fuentes de agravio se enlistan los siguientes:

 Una agresión a mano armada en la puerta de una casa  de una actividad de campaña de la candidata del Partido del Trabajo,  Jessica Salazar donde resultaron heridas tres personas; aparentemente el fin de dicha agresión era menguar los ánimos en la campaña que llevaba a cabo el Partido del Trabajo y desalentar a sus simpatizantes.

 Estos hechos fueron denunciados debidamente ante el Ministerio Público Federal, en fecha 24 de mayo del año en curso, integrándose la averiguación previa identificada con el número PGR/MEX/ECA-II/AUX/203/2015. A su vez, se hicieron del conocimiento público mediante una rueda de prensa visible en las siguientes páginas de Internet:

 

a) https://www.youtube.com/watch?v=7mKsPojRF-w con el video intitulado Comando armado ataca a candidata PT Ecatepec

b) https://www.youtube.com/watch?v=OvH9ZHnZjhY con el video intitulado Jessica Salazar, candidata de Ecatepec, denuncia a Octavio Martínez por agresiones

 

a) Entrega de pantallas en Ecatepec, visible en la dirección electrónica: https://www.youtube.com/watch?v=ejMTpvnkytI

 

b) REGALAN PANTALLAS EN EL ESTADO DE MEXICO PARA VOTAR POR EL PRI, visible en la dirección electrónica: https://www.youtube.com/watch?v=-s7AY9cpWyc

 

c) televisores que entrega la sedesol unboxing desempaquetado (GARSR) visible en la dirección electrónica: https://www.youtube.com/watch?v=-N8KA5NYISk

 

d) Manifestación en Ecatepec porque el PRI no cumple a votantes visible en la dirección electrónica: https://www.youtube.com/watch?v=zEMh2BGKunc

 

e) VOTAN por el PRI y NO les PAGAN $2,500 más su TELE! visible en la dirección electrónica: https://www.youtube.com/watch?v=ssM4Mx6PuLw

f) Piden renuncia de Rosario Robles en Ecatepec visible en la dirección electrónica: https://www.youtube.com/watch?v=3f19Efu8ojc

 

Lo anterior, reforzado con los siguientes vínculos a artículos periodísticos que documentaron ampliamente los ilícitos narrados:

 

a) Distribuyen casi 2 millones de pantallas en Ecatepec, visible en la dirección electrónica del periódico El Universal: http://www.redpolitica.mx/metropoli/distribuyen-casi-2-millones-de-pantallas-en-ecatepec

 

b) Ecatepec: Pobladores exigen entrega de televisores digitales, visible en la dirección electrónica del periódico El Universal: http://www.eluniversal.com.mx/ciudad-metropoli/2015/ecatepec-pobladores-exigen-televisores-digitales-1106201.html

 

c) Esperan desde las 2:00 am por pantallas en Ecatepec visible en la dirección electrónica: http://www.hoyestado.com/2015/06/esperan-desde-las-200-am-por-pantallas-en-ecatepec/

 

d) Bloquean la vía Morelos en Ecatepec para exigir televisores, visible en la dirección electrónica del periódico El Financiero: http://www.elfinanciero.com.mx/nacional/bloquean-la-via-morelos-en-ecatepec-para-exigir-televisores.html

 

e) Piden a SCT suspender entrega de pantallas en Estado de México visible en la dirección electrónica:


 

f) PT acusa que miembros de SEDESOL entregaron televisores en Ecatepec en apoyo al PRI #Fotos, visible en la dirección electrónica: http://revoluciontrespuntocero.com/pt-acusa-que-miembros-de-sedesol-entregaron-televisores-en-ecatepec-en-apoyo-al-pri-fotos/

 

g) Sedesol apoya al PRI en Ecatepec, denuncian visible en la dirección electrónica del periódico La Jornada: http://www.jornada.unam.mx/2015/05/14/estados/029n4est

 

h) Vecinos de Ecatepec protestan en la Sedesol por presunto desvío de recursos visible en la dirección electrónica de la Revista Proceso: http://www.proceso.com.mx/?p=404123

 

i) PAN denuncia a Eruviel Ávila ante la Fepade visible en la dirección electrónica de la Revista Proceso: http://www.proceso.com.mx/?p=400709

 

j) Denuncia PAN al PRI ante la Fepade visible en la dirección electrónica http://www.hoyestado.com/2015/05/denuncia-pan-al-pri-ante-la-fepade/

 

k) Morena presenta denuncias ante la Fepade visible en la dirección electrónica http://www.hoyestado.com/2015/06/morena-presenta-denuncias-ante-la-fepade/

 

En dichos videos y notas periodísticas se demuestra claramente cómo las camionetas de Correos de México (SEPOMEX) trasladan cajas con pantallas de televisión y las resguardan por la entrada trasera del Centro Cívico del Pueblo de Santa María Tulpetlac, en Ecatepec, donde trabajadores plenamente identificados con uniformes y gafetes de la SEDESOL hacen entrega de las pantallas de televisión a la población, dentro de un programa de la SCT; todo ello custodiado por la policía municipal de Ecatepec de Morelos; esto es, que se vislumbra la colusión de los niveles de gobierno federal y municipal en la coordinación de al menos dos autoridades municipales y dos federales más el organismo descentralizado SEPOMEX, para violentar lo establecido en el artículo 261 antes citado, del Código Electoral del Estado de México, amén de que los servidores públicos involucrados fueron sorprendidos en flagrancia mientras cometían diversos delitos electorales, tipificados en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

 Sin embargo, el Partido Revolucionario Institucional no cumplió con los pagos prometidos, de modo que diversos grupos de ciudadanos salieron a protestar en contra del mencionado partido político y para exigir que se les entregaran las televisiones y los pagos condicionados, bloqueando la Avenida Vía Morelos, arteria principal del municipio que nos ocupa, el día lunes ocho y martes nueve de junio del presente año, justo después de la jornada electoral, como se muestra en los videos propuestos como medios de convicción.

Se entenderá por violación grave, aquella conducta irregular que produzca una afectación sustancial a los principios constitucionales en la materia y pongan en peligro el proceso electoral y sus resultados.

Como se advierte de la simple lectura del precepto legal citado en relación con los hechos denunciados, se configura perfectamente la causal de nulidad de la elección del ayuntamiento de Ecatepec, toda vez que el Partido Revolucionario Institucional, partido que obtuvo su constancia de mayoría, utilizó recursos provenientes de actividades ilícitas que han sido determinantes cualitativamente en el resultado final del proceso electoral, disponiendo de recursos públicos federales destinados a programas sociales de la SEDESOL y la SCT, con fines electorales. Todo ello, siendo una irregularidad grave y no reparada que se fraguó durante todo el proceso electoral, vulnerando los principios constitucionales que debieran regir las elecciones democráticas, y en particular la certeza, la imparcialidad, la independencia, la legalidad y la objetividad.

 La información contenida en las páginas de Internet de las dependencias gubernamentales constituyen un hecho notorio, por lo que debe considerarse como tal la información mencionada en la página de Internet de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) con la cual difunde información respecto de su programa federal denominado TRANSICIÓN A LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, mediante el cual se dispuso ilegalmente la entrega gratuita de televisiones a los ciudadanos de Ecatepec de Morelos, Estado de México, violentando el artículo 261 del Código Electoral del Estado de México.

 Mismo que se ilustra en la página siguiente con una captura de pantalla:
En él, basta con entrar a la pestaña llamada AVANCES, después seleccionar en Estado al Estado de México y en el comando Seleccionar el estatus elegir ECATEPEC DE MORELOS, que indica fecha de inicio del programa el día veintidós de mayo y fecha de fin el día once de julio, ambas fechas del presente año, en plena veda electoral, como se aprecia en la siguiente captura de pantalla:

Con este hecho notorio cometido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, queda configurada la violación directa al artículo 261 del Código Electoral del Estado de México, pues se hace evidente que una dependencia gubernamental realiza la entrega de bienes y servicios de programas sociales en época electoral, cuando está prohibido. Hecho que adminiculado con los videos y notas periodísticas presentadas, trasciende al punto que el beneficiado por esta actividad ilegal es justamente el candidato que obtuvo la constancia de mayoría en la elección del Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, situación que actualiza la causal de nulidad genérica ya referida, contenida en los dispositivos 402 y 403 del Código Electoral del Estado de México.

 En este punto es dable enfatizar que los hechos narrados fueron determinantes para el resultado final de la elección en cuanto el aspecto cualitativo, es decir, al efecto grave que la violación a las disposiciones electorales produce en el resultado creíble, certero, legal y transparente de la votación, atendiendo a los principios de seguridad, legalidad, certeza, independencia e imparcialidad que regulan la jornada electoral.

 Es decir, que vista la cantidad de fuentes electrónicas que refieren los mismos hechos sucedidos los mismos días, trascienden al presente medio de impugnación como un hecho notorio, toda vez que se trata de hechos que indiscutiblemente sucedieron y se documentaron vía electrónica, conforme se hace hoy en día con el empleo habitual de tecnologías de la información.

 Todos los hechos descritos en el presente agravio, constituyen violaciones a los artículos 1, 14, 16, 35, 36, 41 y 116 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 10, 11, 12 y 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en relación con los artículos 256, 261, 263, 390, 402, 403, 404, 405, 406 Fracción III, 408, 412, 437 del Código Electoral del Estado de México.

 Todas las irregularidades narradas fueron provocadas directamente por autoridades municipales y federales que echaron mano de los programas sociales federales para condicionar a los votantes de Ecatepec, coaccionando su voto para obligarlos a votar por el Partido Revolucionario Institucional y sus coaligados, quienes incurrieron en diversos tipos penales en materia electoral y atentaron gravemente contra el régimen democrático y sus principios rectores.

 Otro hecho constitutivo de agravio radica en que diversos institutos políticos y candidatos atestiguaron las irregularidades cometidas por el Partido Revolucionario Institucional y las denunciaron oportunamente ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE), adscrita a la Procuraduría General de la República para denunciar estos hechos, denuncias de las cuales estamos esperando su pronta resolución sancionando a los culpables.

 Si solicitamos la anulación de la elección y apelamos a la sana crítica, la experiencia y su buena fe del Tribunal Electoral para resolver.

 De los hechos de las pantalla hemos solicitado a los tribunales, tambièn, que gire oficios a la Fiscalia Especializada de Atención a Delitos Electorales para efectos de esclarecer la situación que guardan las denuncias penales hechas por diversos partidos políticos en contra de la ilegal distribución de pantallas de televisión por parte de la SEDESOL y la SCT, dependencias del gobierno federal.

 Por otra parte, pedimos la anulación de la elección porque es motivo de agravio para el PT el error aritmético contenido en diversas actas de escrutinio y cómputo, toda vez que resultan determinantes para el resultado final de la elección en cuanto la integración del ayuntamiento conforme la asignación de regidores por el principio de representación proporcional.

 

ROBO HORMIGA DE VOTOS

Detectamos lo que le podemos denominar un robo hormiga de votos que afectan nuestra representatividad en el Ayuntamiento electo, toda vez que de pocos votos en pocos de cada casilla, se nos ha disminuido ilegalmente la cantidad total de votos obtenidos, situación que afectó nuestro porcentaje de representación y en consecuencia, la presencia de nuestro partido en el CABILDO.

 

Detectamos irregularidades graves en las siguientes casillas y eso afecta el resultado de la elección ya que deberían anularse más de 9 mil votos.

 

        

Casillas
Votos a nulificar
total
 
 
 
1905 contigua 2
256
576
1914 Contigua 1
251
827
1441 Basica
282
1109
6225 basica
163
1272
1947 Contigua 2
245
1517
1403 Basica
212
1729
1370 contigua 1
289
2018
1522 Contigua 8
300
2318
1760 Contigua 2
262
2580
1813 Contigua 3
263
2843
1347 Basica
257
3100
1779 Contigua 4
267
3367
1306 Contigua 1
387
3754
1344 Contigua 2
292
4046
1341 Basica
294
4340
1347 contigua 1
372
4712
1334 contigua 2
311
5023
6009 Basica
295
5318
1467 Basica
303
5621
1944 Basica
402
6023
1923 contigua 1
238
6261
1930 contigua 1
320
6581
1930 contigua 2
296
6877
1891 basica
250
7127
1903 contigua 1
289
7416
1500 contigua 1
258
7674
1778 basica
276
7950
1782 basica
235
8185
1575 basica
310
8495
1585 contigua 2
236
8731
1443 basica
253
8984
6010 basica
245
9229

        

 A continuación algunas imágenes para que se entienda de lo que hablamos .... 



 
 
 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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